Art. 53. Las empresas no podrán oponerse a que otro ferrocarril cruce sus vías a diferente nivel o que empalme con el de ella o lo cruce a nivel en las condiciones de seguridad que en cada caso establecerá el Departamento.
    Las obras necesarias serán ejecutadas a expensas de la nueva empresa.
    En caso de empalme o de cruzamiento a nivel, estas obras consultarán, además la casa habitación para el guarda con terreno anexo de 500 m2., por lo menos.
    Los gastos de servicio de empalme o del cruzamiento a nivel así como el de conservación y renovación de sus instalaciones se efectuarán a prorrata entre las empresas interesadas.