MODIFICA EL DECRETO Nº 519, DE 1969
Santiago, 24 de Octubre de 1969.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.120.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 4º del DFL. Nº 88, de 1953; en el artículo 1º del decreto Nº 1.272, de 1961; las facultades que me confiere el artículo 72 de la Constitución Política del Estado y lo solicitado en oficio Nº 19.812, de 26 de Septiembre de 1969, del Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción,
Decreto:
Reemplázase el inciso 1º del artículo 1º del decreto Nº 519, de 6 de Julio de 1965, modificado por el decreto Nº 1.385, de 15 de Noviembre de 1968, ambos de este Ministerio, por el siguiente:
"Créase una Comisión para el Desarrollo de la Industria Electrónica, en adelante denominada la Comisión, que estará integrada por: el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, quien la presidirá; el Gerente General de la misma Corporación; el Vicepresidente Ejecutivo del Banco Central de Chile; el Director de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Secretario Ejecutivo para los asuntos de ALALC, el Superintendente de Servicios Eléctricos, de Gas y de Telecomunicaciones; el Director de la Oficina de Planificación Nacional; un miembro del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción, que será designado por el Vicepresidente Ejecutivo de dicha institución, y el Secretario Ejecutivo de la Comisión.".
Anótese, tómese razón y publíquese.- E. FREI M.- Carlos Figueroa S.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Dios guarde a Ud.- Jorge Arancibia M., Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción subrogante.