MODIFICA DECRETO Nº 355, DE 1976, REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION

    Santiago, 8 de mayo de 2000.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 157.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 75 y siguientes de la ley Nº 18.834, de 1989; el D.L. Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 19.179, el artículo 16 del D.S. (V. y U.) Nº 355, de 1976, modificado por los D.S.
(V. y U.) Nº 343, de 1980 y 102, de 1996; la resolución exenta Nº 3.733, de 1992, que aprobó la estructura orgánica, entre otros, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano; el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
    D e c r e t o:

    Modifícase el artículo 16 del D.S. Nº 355, de 1976, Reglamento Orgánico de los Servicios de Vivienda y Urbanización, en el sentido de sustituir el texto de su inciso segundo por el siguiente:
    ''En la Región Metropolitana la Directora del Serviu Metropolitano, será subrogada en primer lugar por el Subdirector Jurídico y en segundo lugar por el Subdirector de Operaciones Habitacionales.''
    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Claudio Orrego Larraín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.