EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 2 EXENTA, DE 1988
Por resolución exenta Nº 2 de fecha 04 de Enero ae 1988 se dispuso la publicación del siguiente extracto:
En Santiago, a 28 de Diciembre de 1987, ante Notario Público 26a. Notaria de Santiago, Humberto Quezada Moreno se otorgó escritura pública constitución Partido Político denominado PARTIDO RADICAL DE CHILE, cuya sigla es P.R.; su lema "Construyamos Juntos un País Para Todos"; y su símbolo, un escudo pentagonal, terminado en punta en su parte inferior, rodeado de una doble línea negra, en cuyo interior tiene tres franjas oblicuas de color azul la superior, blanca la central y roja la inferior, con las iniciales P.R. superpuestas en blanco, en ese orden.
La Directiva Central Provisional la integran: Presidente, Enrique Silva Cimma; Vice Presidentes Nacionales, Mauricio Raúl Rettig Guissen, Carlos González Márquez, Gonzalo Miguel Figueroa Yáñez, Joaquín Segundo Morales Abarzúa; Secretario General, Ricardo Osvaldo Navarrete Betanzo; Subsecretario, Aldo Oldy Signorelli Guerra; Tesorero, Julio Ramón Ahumada Alvarez; Subsecretario, Jaime Jorge Jara Miranda; Secretario Internacional, Eduardo Jorge Jara Miranda; Vicepresidentes Coordinadores Interregionales, Zona Norte Luis Gutiérrez Torres, Zona Centro Washington Fernández Fernández, Zona Sur Sergio Enrique Varela Carter; Vicepresidente Laboral Osvaldo Sergio del Campo Castillo; Vocales Mario Antonio Arriagada Miranda, Carlos Sergio Carrasco Couet, Roberto Mario Ceballos Cornejo, María Eliana Cortés López, Laura Eliana González Vasquez, Olegario Hurtado Chacón, Héctor Raimundo Jara Paz, Manuel Rafael Señoret Lapsley Julio Anibal Sepúlveda Rondanelli, Hernán José Valenzuela Petit-Breuilh y Marcos Hernán Zuleta Zepeda.
El Tribunal Supremo Provisional lo integran las siguientes personas: Titulares Yerko José Koscina Peralta, Bernardino Segundo Ayala Román, Carlos Augusto Catalán Catalán, Armando Artigas Pulgar y Rodolfo Ulises Moreno Moreno Suplentes Manuel Cartes Morales, Luis Voltaire Lois Perales y César Augusto Salvatierra León.
El domicilio común de la Directiva Central Provisional y Tribunal Supremo Provisional es Calle Santa Maria 281, Santiago.
En caso de fallecimiento, renuncia, imposibilidad definitiva o transitoria de miembros de Directiva Central o Tribunal Supremo Provisionales, antes inscripción del Partido, serán reemplazados o subrogados por personas que designe Directiva Central, Provisional.
El resumen de la declaración de principios es: El Partido Radical de Chile se define como democr tico, socialista, humanista y racionalista. Es democr tico y propicia por ende un gobierno republicano, representativo y pluralista, como sistema fundamental de convivencia y forma de vida, siempre perfectible. Es socialista porque aspira a trascender y superar la sociedad capitalista, sobre la base de un concepto amplio de solidaridad en la que los intereses de la colectividad prevalezcan por sobre los de los particulares. Reconoce el derecho a la propiedad privada, la que debe cumplir una efectiva función social. Postula que determinadas actividades productivas deben ser de propiedad estatal y de propiedad mixta, y que el Estado debe planificar, promover y controlar el proceso económico, estimular su desarrollo y cautelar el interés social. Impulsa una organización de la sociedad chilena que garantice a todos sus habitantes el derecho a la educación, a la vivienda, a la salud y a un sistema de seguridad social justo y equitativo y que asegure la dignidad del trabajo, la justicia de la relación laboral y la realización del trabajador. Es humanista y racionalista porque en su concepción universal de la vida, su principal preocupación es el hombre, su bienestar y perfeccionamiento integral y porque expresa su confianza en la capacidad del ser humano para superar los determinismos históricos. Es laico ya que sin perjuicio de su irrestricto respeto a todos los credos religiosos, a los que asegura su ejercicio sobre la base de una amplia tolerancia, combate la dominación confesional de la institucionalidad estatal. Reconoce como elemento básico de convivencia el respeto a los Derechos Humanos definidos en las declaraciones internacionales sobre enunciado y protección de los mismos. Sostiene como principio ético fundamental la paz entre los hombres y entre las naciones y en consecuencia condena todos los mecanismos que conduzcan a la guerra interna o externa y rechaza toda dictadura, la violencia y el terrorismo. Reconoce el derecho de todos los chilenos a vivir en la Patria. Postula el derecho de los habitantes de la República a vivir en un ambiente libre de contaminación, conservar sus recursos naturales renovables y permitir su explotación racional. Finalmente propicia la integración de los países latinoamericanos en su más amplia expresión.
El presente extracto se publica en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º de la ley 18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.
Santiago, 05 de enero 1988.- Juan Ignacio García Rodríguez, Director.