MODIFICA EL CODIGO DEL TRABAJO PARA ABOLIR EL TRABAJO DE LOS MENORES DE QUINCE AÑOS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
P r o y e c t o d e l e y:
''Artículo único.- Introdúcense, en el artículo 13 del Código del Trabajo, las siguientes modificaciones:
1.- Reemplázase, en el inciso segundo, la palabra ''quince'' por ''dieciséis''.
2.- Sustitúyese, en el inciso tercero, la expresión inicial ''Los menores de quince años y mayores de catorce'' por ''Los menores de dieciséis años y mayores de quince''.''.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 20 de junio de 2000.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Yerko Ljubetic Godoy, Subsecretario del Trabajo.