Artículo 53°.- El Personal de la Dirección General que sea designado para una comisión en el exterior, tendrá derecho a pasajes y a una asignación idéntica a la que corresponda al funcionario del Escalafón del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, con cuyo rango fuere comisionado. Mantendrá también el goce de su remuneración en moneda nacional.