AMPLIA LO ESTABLECIDO POR RESOLUCION Nº 481 EXENTA, DE 2000 Y PROHIBE CIRCULACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS QUE INDICA
Núm. 604 exenta.- Santiago, 3 de julio de 2000.- Visto: Lo dispuesto en los artículos N°1 y 19° N°8 de la Constitución Política de la República de Chile, la ley 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente; los artículos N°s. 113 y 118 de la ley N°18.290; los decretos supremos N°16 y N°59 de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N°59 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
Considerando: 1° El informe para Gestión de Episodios de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de fecha 4 de julio del presente año, del cual se desprende la necesidad de decretar medidas para enfrentar el período de Alerta.
R e s u e l v o:
1° Amplíese, los días martes 4 de julio y miércoles 5 de julio del año en curso, lo establecido por la resolución exenta N° 481/2000, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y prohíbase la circulación de los vehículos motorizados de dos o más ruedas según el último dígito de su placa patente, en las áreas y horarios que a continuación se indican:
VER D.O. 07.07.2000
2° Estarán exceptuados de esta restricción adicional todos los vehículos considerados en el N°6 de la resolución exenta N° 481/2000, salvo los que se encuentren señalados en la letra d), de dicha resolución. Respecto de los vehículos señalados en la letra d) de la resolución antes citada, sólo se aplicará la restricción adicional que aquí se establece, a aquellos que realicen servicios identificados como urbanos.
3° Si durante la vigencia de la restricción vehicular adicional decretada para el día martes 4 de julio del año en curso, la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana informa que se ha registrado una reducción de los niveles de contaminación, que no justifica mantener el estado de Alerta Ambiental previamente decretado, quedará automáticamente sin efecto la presente resolución a partir de las 21:00 horas del indicado día martes 4 de julio.
Anótese y publíquese.- Guillermo Díaz Silva, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.