Artículo 28° En la Dirección y en todos los Servicios dependientes se acumularán ordenadamente y por orden de fecha los documentos relacionados con una misma materia, en carpetas especiales y con claves determinadas, comunes para todos los Departamentos, Secciones y Servicios. Esta clave deberá figurar en toda documentación.
Se asignarán claves especiales a la documentación de la Presidencia de la República, Congreso Nacional, Servicios Independientes, Ministerios (comprendiendo sus Servicios dependientes), Dirección de Aprovisionamiento y Asuntos Generales.
Esta clave será la reunión de las iniciales de cada uno de los Servicios antes indicados y el número con que figuran en la Ley de Presupuesto, anterior al ítem respectivo.
En relación con la Ley de Presupueto vigente, las claves a que se ha hecho referencia son las siguientes:
Presidencia de la República----------P. R. 01
Congreso Nacional--------------------C. N. 02
Servicios Independientes-------------S. I. 03
Ministerio del Interior-------------- I. 04
Ministerio de Relaciones
Exteriores---------------------------R. E. 05
Ministerio de Hacienda--------------- H. 06
Ministerio de Educación--------------E. P. 07
Ministerio de Justicia--------------- J. 08
Subsecretaría de Guerra-------------- G. 09
Subsecretaría de Marina-------------- M. 10
Subsecretaría de Aviación------------ Av. 11
Ministerio de Obras Públicas---------O. P. 12
Ministerio de Agricultura------------ Ag. 13
Ministerio de Tierras y
Colonización-------------------------T. C. 14
Ministerio del Trabajo--------------- T. 15
Ministerio de Salud Pública----------S. P. 16
Ministerio de Economía--------------- E. 17
Ministerio de Minería---------------- M. 18
Dirección de
Aprovisionamiento--------------------D. A. 20
Asuntos Generales--------------------A. G. 21
Cuando la Ley de Presupuesto contenga modificaciones en la organización de los Servicios anteriormente indicados, con respecto a la del año anterior, el Director modificará, por resolución escrita, las claves anteriores, en concordancia con las normas indicadas.