Artículo 67° No podrá salir material alguno de los Almacenes sin autorización del Director o del Jefe del Departamento, para lo cual, en cada caso, se deberá emitir la correspondiente "Orden de Entrega de Materiales" valorizada (Almacenes de Stock de Aprovisionamiento) a la "Orden de Entrega de Materiales sin Cargo" (Almacenes de Stock de los Servicios Públicos).