Artículo único: Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, a doña Fany Carlota Elizabeth Ganter Merino el tiempo servido entre el 1º y el 30 de Julio de 1961; 15 de Abril de 1967 y el 31 de Diciembre de 1968; 3 de Octubre de 1972 y 31 de Marzo de 1973.
    La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo de la interesada.