OTORGA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA A INVERSIONES SAHARA S.A.

    Santiago, 26 de mayo de 2000.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 254.- Vistos:

a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977;
b) La ley Nº 18.168 de 1982 y sus modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones;
c) El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966;
d) El Nº 1 del artículo 3 párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
e) La resolución exenta Nº 939 de 30.06.1999 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Aprueba Bases del Concurso Público para el otorgamiento de concesiones de Radiodifusión Sonora, en Frecuencia Modulada y Estaciones de Mínima Cobertura, correspondiente al 2º cuatrimestre de 1999.

    Considerando:

a) El llamado a concurso público para optar a concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 36.364 de 15.05.1999.
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 28.349 de 20.08.1999.
c) Lo informado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 780 de 15.12.1999.
d) Lo dispuesto por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mediante resolución exenta Nº 1.867 de 30.12.2000, que llamó a licitación para resolver las solicitudes de concesión que se encuentran en similares condiciones.
e) Lo obrado en el acta de apertura de 20.01.2000, que resolvió la licitación, informado por la Comisión, mediante memorándum Nº 47 de 20.01.2000.
f) La resolución exenta Nº 176 de 09.02.2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, a Inversiones Sahara S.A., para la localidad de Punta Arenas, XII Región.
g) Que la resolución exenta que asignó la concesión no fue reclamada.
h) Que mediante ingreso Subtel Nº 18.270 de 11.04.2000, la asignataria acreditó el pago de lo licitado.
i) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante memorándum Nº 211 de 22 de mayo de 2000.

    D e c r e t o:

    1.- Otórgase una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Punta Arenas, XII Región, a Inversiones Sahara S.A., RUT. Nº 96.881.920-8, con domicilio en calle Santa Rosa Nº 17, oficina Nº 42, 4º piso, Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria.
    2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud, presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-355, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de la radioemisora se indican a continuación:

Elementos de la esencia de la concesión

- Tipo de servicio        : Radiodifusión Sonora en
                            Frecuencia Modulada.
- Zona de servicio        : Localidad de Punta Arenas.
                            Superficie delimitada por una
                            intensidad de campo mayor o
                            igual que 54 dB (uV/m),
                            referida al punto de emisión
                            de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras  : 5 días.
- Plazo término de obras  : 30 días.
- Plazo inicio de
  transmisiones          : 60 días.
- Potencia máxima radiada : 250 Watts.
- Frecuencia              : 90,1 MHz.

Características técnicas del sistema radiante
- Tipo de emisión        : 180KF8EHF
- Desviación máxima      : ± 75 KHz
- Diagrama de Radiación  : Direccional.
- Ganancia                : 7,8 dBd de ganancia máxima,
                            con un azimut de radiación
                            máxima en 285°.
- Polarización            : Vertical.
- Tipo de antena          : Panel con dipolo.
- Nº Antenas              : 2.
- Altura del centro de
  radiación              : 29 metros.
- Altura torre            : 32 metros.

Ubicación de la radioemisora

- Dirección del Estudio  : Calle Santa Rosa Nº 17,
                            oficina Nº 42, 4º piso,
                            Santiago, Región
                            Metropolitana.
- Coordenadas Geográficas : 33°26'21" Latitud Sur.
                            70°38'40" Longitud Oeste.
- Dirección de la
  Planta Trans-          : Cerro Mirador, Km. 7, ca-

  misora y Sistema
  Radiante                  mino Club Andino, Punta
                            Arenas, XII Región.
- Coordenadas Geográficas : 53°09'32" Latitud Sur.
                            71°00'11" Longitud Oeste.

    4.- La concesionaria no podrá iniciar servicios sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al proyecto aprobado.

    5.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Cruz Lorenzen, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alfredo Alamos Cortés, Jefe División Concesiones.