Artículo 11.- La hoja de calificación es el documento en el cual la Junta Calificadora o el Alcalde, en la situación prevista en el inciso primero del artículo 31 de la Ley N° 18.883, resume y valora anualmente el desempeño de cada funcionario en relación a los factores de calificación que establece el presente reglamento y deja constancia de la lista en que quedó calificado.