Art. 133. Ambos cónyuges tienen el derecho y elL. 18.802
Art. 1º, Nº 7 deber de vivir en el hogar común, salvo que a alguno de ellos le asista razones graves para no hacerlo.
Art. 1º, Nº 7 deber de vivir en el hogar común, salvo que a alguno de ellos le asista razones graves para no hacerlo.