AUTO ACORDADO SOBRE TRAMITACION Y FALLO DE LAS RECLAMACIONES QUE SE INTERPONGAN EN CONTRA DE LA RESOLUCION DEL DIRECTOR REGIONAL METROPOLITANO DEL SERVICIO ELECTORAL QUE ACEPTA O RECHAZA LAS CANDIDATURAS A LOS CARGOS DE CONCEJAL

    En Santiago, a trece de julio del año dos mil, siendo las 13:00 horas, se reunió extraordinariamente este Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, con la asistencia de su Presidente Titular, don Hugo Dolmestch Urra, y de los señores abogados miembros titulares, don Fernando Román Díaz y don Franklin Geldres Aguilar, actuando como ministro de fe la Secretaria Relatora doña Patricia Muñoz Briceño.
    Teniendo en consideración que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, corresponde a los Tribunales Electorales Regionales conocer de las reclamaciones que se interpongan en contra de la resolución del Director Regional del Servicio Electoral que acepta o rechaza las candidaturas al cargo de concejal declaradas con motivo de los próximos comicios municipales; atendida, además, la necesidad de reglamentar la tramitación y fallo de dichas reclamaciones, y en ejercicio de las atribuciones que entregan los artículos 10 y 34 de la ley Nº 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales, se acordó dictar el siguiente Auto Acordado: