MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Núm. 2.- Lonquimay, 22 de Diciembre de 1987.
- Lo dispuesto en el artículo 43º del DL Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales.
- Diario Oficial Nº 32.374 de fecha 17 de Enero de 1986 que publica Ordenanza Local Nº 5 del 2.1.86.
- Diario Oficial Nº 32.578 del 23.09.86, que publica Decreto Municipal Nº 79, sobre reajustes de Derechos Municipales.
- Diario Oficial Nº 32.679 del 23.01.87, que publica Modificación a la Ordenanza Nº 5.
Decreto:
Nº 1.- Modifícase la Ordenanza Local de la Ilustre Municipalidad de Lonquimay, vigente a la fecha en la forma que a continuación se indica:
TITULO IX
Derechos por Comercio Ambulante
Artículo 12º.- El permiso para el ejercicio del comercio ambulante pagará los siguientes derechos:
- Permiso Ambulante Diario 3% UTM
- Permiso Camionetas Diario 15% UTM
- Permiso Camiones Diario 20% UTM
Infórmese al Sr. Intendente de la IX Región, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a todas las reparticiones municipales. Hecho archívese.- Edmundo Fahrenkrog Butendieck, Alcalde.- Mario Alfredo Adriasola Caulier, Secretario.