Art. 22. Corresponde a la Sección Tramitaciones:
    a) La recepción de toda la correspondencia oficial de la Dirección y su tramitación; el despacho de la correspondencia emanada del servicio y la formación de los archivos, debiendo efectuar las anotaciones que permitan en cualquier momento informar respecto de la ubicación y estado de tramitación de cualquier documento.
    b) Extender las citaciones a sesión del Consejo y del Comité Ejecutivo, o de los Comités Centrales; copiar las actas redactadas por el Secretario; preparar la transcripción de los acuerdos del Consejo y del Comité Ejecutivo y de las resoluciones, órdenes, directivas y circulares del Jefe Superior de la Defensa Civil (Ministerio de Defensa Nacional) y del Director General;
    c) Recolectar los antecedentes que el Secretario General estime necesarios para la preparación de la Memoria Anual;
    d) Mantener los Registros de inscritos por especialidades, en los diversos Comités Locales, y
    e) Preparar las hojas de vida del personal del Departamento Administrativo.