CONCEDE, POR GRACIA, PENSION A DOÑA GRICELDA DEL CARMEN RIOS OLIVA
Santiago, 24 de Enero de 1979.- Hoy se acordó lo que sigue:
Núm. 2.471.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Gricelda del Carmen Ríos Oliva, una pensión de cinco sueldos vitales mensuales, de la Región Metropolitana de Santiago.
El Servicio Nacional de Salud deberá otorgar Asistencia Médica gratuita a la Sra. Ríos Oliva.
El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Ministro de Hacienda subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodríguez, Subsecretario del Interior suplente.