DEROGA DECRETO Nº 831 EXENTO, DE 1998. ASIGNA Y AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS LOS DIAS SABADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS SIN LLEVAR DISCO DISTINTIVO
    Núm. 535 exento.- Santiago, 10 de mayo de 2000.- Vistos: Lo establecido en los artículos 1º y 3º del decreto ley Nº 799, de 1974, modificado por el D.F.L. Nº 12-2.345, de 1979, del Ministerio del Interior, y por la ley 18.267, artículo 14º; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República, con fecha 6 de febrero de 1975, que rige la materia objeto del presente decreto; el oficio circular Nº 6, de 14 de julio de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales; el D.S. Nº 654, de 1994, y sus modificaciones del Ministerio del Interior y, la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones; lo solicitado por la División Administrativa mediante oficio Nº 8, y oficio Nº 10, ambos de 8 de mayo de 2000 de la señora Subsecretaria de Bienes Nacionales.

    Considerando: Que, mediante decreto (exento) Nº 831, de 6 de octubre de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales se dispuso el uso de los vehículos del Nivel Central, el cual se encuentra obsoleto, atendido que en él se señalan vehículos que ya no se encuentran dentro de la dotación del Servicio, y que algunos de ellos han sido dados de baja;

    D e c r e t o:



    I.- Derógase el decreto (exento) Nº 831, de 6 de octubre de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales.

    II.- Asígnase al señor Ministro de Bienes Nacionales y a la señora Subsecretaria, cuando los vehículos asignados a las señaladas autoridades de Gobierno se encuentren imposibilitados de circular, los vehículos que a continuación se individualizan, de la dotación del Ministerio de Bienes Nacionales, los cuales podrán circular durante los días sábado en la tarde, domingo y festivos y sin la obligación de llevar el disco distintivo:

A) Al señor Ministro de Bienes Nacionales:

    - Automóvil, marca Hyundai, modelo Sonata 2.0 GLS, Nº motor G4CPT-198107, Nº chassis KMHCF31PVU-799337, año 1997, color plateado, patente rol D.A.E. Nº R.E. 3960-5.

B) A la señora Subsecretaria de Bienes Nacionales:

    - Automóvil marca Hyundai, modelo Sonata 2.0 GLS;
Nº motor G4CPT-202479, Nº chassis KMCHF31FPVU-801565, año 1997, color verde petróleo, patente rol D.A.E. Nº R.E. 3959-1.
    III.- Los vehículos que a continuación se individualizan deberán circular obligatoriamente con el disco fiscal transparente adherido al parabrisas:

-      Jeep, marca Suzuki, modelo Vitara, Nº motor 365087, Nº de chassis 140713, año 1994, color azul, patente rol D.A.E. L.G. 3346-8.
-      Camioneta marca Chevrolet, Luv D/C DLX 4x2, Nº motor 541907 Nº de chassis 8GGTFR6FHWA-054564, año 1998, color blanco, patente rol D.A.E. S.F. 2638-3.
-      Camión, marca Iveco, modelo 49.10 Daily, Nº motor 1901077; Nº de chassis 2CFC4970002133257, año 1995, color blanco, patente rol D.A.E. N.B. 6086-5.
-      Automóvil, marca Daewoo, modelo Nubira, Nº motor 026455; Nº de chassis KLAJA696EWK091619, año 1998, color verde oscuro azulado, patente rol D.A.E. S.K. 3969-6.
-      Camioneta, marca Chevrolet, modelo Luv D/C, DLX 4x2; Nº motor 557446, Nº chassis 8GGTFR6FHWA059246, año 1998, color azul petróleo metálico, patente rol D.A.E.
S.F. 2698-7.
-      Camioneta, marca Nissan, modelo Nissan D/C 4x2 2.4; Nº motor KA24837532M, Nº chassis 3N6CD13S3ZK013252, año 2000, color rojo, patente rol D.A.E. TL 7549-4.

    IV.- Los vehículos que a continuación se individualizan y asignados a las autoridades de Gobierno que se señalan podrán, por el solo ministerio de la ley, circular durante los días sábado en la tarde, domingo y festivos, sin la obligación de llevar el disco distintivo, por las exigencias propias de sus cargos:

Al señor Ministro de Bienes Nacionales

-      Automóvil, marca Chevrolet, modelo Lumina, Nº de motor 1V9239777, Nº de chassis 2G1WN52M8V-9239777, color azul adriático, año 1997, Nº patente rol D.A.E. R.D. 6536-9.

A la señora Subsecretaria Bienes Nacionales

-      Automóvil, marca Chevrolet, modelo Lumina, Nº de motor 1T9116591, Nº de chassis 2G1WN52M8T-9116591, año 1996, color verde metálico, Nº patente rol D.A.E. PA 4332-7.

    V.- Los vehículos asignados al señor Ministro y a la señora Subsecretaria podrán ser guardados en el domicilio particular de los choferes designados para su conducción, previa autorización de las señaladas autoridades de Gobierno.

    VI.- Asígnase al Gabinete del señor Ministro y a las Divisiones del Ministerio de Bienes Nacionales los vehículos que a continuación se señalan, y para el traslado de los Jefes, desde y hacia sus domicilios al inicio y término de la jornada laboral:

-      A la División de Constitución de Propiedad Raíz, automóvil Daewoo Nubira verde oscuro, patente SK 3969-0;
-      A la División Jurídica, camioneta Chevrolet azul metálico, patente SF 2698-7;
-      A la División Administrativa, automóvil Hyundai Sonata verde, patente RE 3959-1;
-      Al Gabinete del Sr. Ministro, automóvil Hyundai Sonata plateado, patente RE 3960-5;
-      A la División de Planificación y Presupuesto, camioneta Nissan roja, patente TL 7549-4, que será conducida por el Jefe de esta División;
-      A la División de Bienes Nacionales, camioneta Chevrolet blanca, patente SF 2638-3, que será conducida por el jefe de esta División;
-      A la División del Catastro Nacional de los Bienes del Estado, Jeep Suzuki Vitara azul, patente LG 3346-8, que será conducido por el jefe de esta División.

    VII.- Los funcionarios autorizados para conducir en forma habitual los vehículos fiscales señalados en el presente decreto y todo aquel a quien se asigne el uso permanente de estos vehículos y tome asimismo la conducción habitual de ellos, deberán rendir una caución, en la forma establecida en la ley.

    VIII.- Los vehículos señalados en el numerando VI deberán estar diariamente a disposición del Pool de Vehículos del Ministerio, entre las 9:30 horas y las 18:00 horas, los que deberán guardarse en el estacionamiento del Ministerio de Bienes Nacionales, tanto al término de la jornada laboral como los fines de semana. Se exceptúa sólo de la obligación de guardar los vehículos diariamente en el señalado estacionamiento, al término de la jornada de trabajo, los que se han asignado a los Jefes de la División de Planificación y Presupuesto, de Bienes Nacionales, y del Catastro Nacional de los Bienes del Estado.
    IX.- La División Administrativa o quien ésta señale, deberá mantener una nómina actualizada de los choferes designados para la conducción de los vehículos indicados precedentemente y de sus domicilios particulares.

    Anótese, regístrese en el Departamento de Abastecimiento y Remuneraciones, notifíquese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Orrego Larraín, Ministro de Bienes Nacionales.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Bienes Nacionales.