Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña María Gregoria del Carmen Sánchez Pacheco, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Febrero de 1943 y el 16 de Enero de 1956.
Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.