AUTORIZA, POR GRACIA, A DON JORGE ORLANDO BEYER NOVOA PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES POR EL PERIODO QUE INDICA
Santiago, 14 de Diciembre de 1978.- Hoy se acordó lo que sigue:
Núm. 2.429.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y
Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Jorge Orlando Beyer Novoa para que reintegre las imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Mayo de 1947 y el 31 de Mayo de 1952.
La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.