APRUEBA ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO, DENOMINADO "APOYO A LA DESCENTRALIZACION Y MODERNIZACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL PAIS"

    Núm. 1.292.- Santiago, de 28 septiembre de 1995.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32, N° 17 y 50, N° 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República; el Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica celebrado con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización; el Acuerdo suscrito entre Chile y el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960; la Ley N° 19.103 y el Decreto con Fuerza de Ley 161 del año 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Considerando:

    Que el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, P.N.U.D., considera llevar a cabo el Proyecto CHI/95/003/A/01/99, que tiene por objeto contribuir en particular a la rehabilitación de la infraestructura hospitalaria existente en el marco de inversiones sectoriales; poner en marcha nuevos centros de atención orientados a reforzar la cobertura y capacidad de atención ambulatoria en las áreas más sobre demandadas; y fortalecer técnicamente los recursos humanos y profesionales encargados de la operación y mantenimiento de la infraestructura y del equipamiento de salud del país.

    Que dicho Proyecto tiene una duración de 30 meses y que es interés especial del Gobierno aprobar el Acuerdo suscrito al efecto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

    Decreto:
    Artículo Primero: Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, denominado "Apoyo a la Descentralización y Modernización de la Infraestructura de los Servicios de Salud del País", suscrito el 8 de agosto de 1995.

    Artículo Segundo: Desígnase al Ministerio de Salud como Organismo de Ejecución de este Acuerdo.
    Artículo Tercero: Este Acuerdo se publicará en la forma establecida en la Ley N° 18.158.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.- Carlos Massad Abud, Ministro de Salud Pública.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Daniel Carvallo C., Director General Administrativo Subrogante.