AGREGA A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1, DE 1987 LO QUE INDICA

    Núm. 20.- Pelarco, 20 de enero de 1988.- Vistos: Decreto Alcaldicio Nº 01 de fecha 08.01.87, el Art. Nº 43 y demás pertinentes del DL Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y teniendo presente las facultades que me otorgan los Art. 12, 13 del DL 1.289, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal.

    Decreto:

    Agréguese, los siguientes derechos contenidos en la Ordenanza Municipal Nº 1 del 08.01.87, sobre Derechos Municipales a contar del 01.01.88 en los siguientes términos:

19.- Derechos relativos a urbanización y construcción

    - Subdivisión: 1% Avalúo Fisc. del T.
    - Loteos: 15% Avalúo Fisc. del T.
    - Obranueva: 1,5% del presupuesto
    - Ampliación: 1% del presupuesto
    - Reparaciones: exento.
    - Obras provisorias: 1% del presupuesto
    - Obras menores: exento.
    - Modificación de proyectos que no impliquen
ampliación de superficie: 1% del presupuesto
    - Demoliciones: 1% del presupuesto.

    Publíquese, por una sola vez en el Diario Oficial.- Comuníquese, publíquese y cúmplase.- Bonifacio Correa Echenique, Alcalde.- Hernán Leigh Sánchez, Secretario.