Artículo 2º.- Auméntase a contar de la vigencia de esta ley, la Planta del Personal del Servicio de Gobierno Interior (ítem 05/02/01.002 de la ley del Presupuesto Corriente en Moneda Nacional del Servicio de Gobierno Interior), en los siguientes cargos:

Planta Directiva, Profesional y Técnica:

1 Gobernador, 4ª categoría.

Planta Administrativa:

1 Oficial, grado 1º

Planta de Servicios Menores:

1 Auxiliar, grado 14º.