ESTABLECE CLASIFICACION TOXICOLOGICA DE PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA

    Núm. 2.196 exenta.- Santiago, 31 de agosto de 2000.- Vistos: La resolución Nº2.195 de 2000 del Servicio Agrícola y Ganadero que Establece los Requisitos que Deben Cumplir las Etiquetas de los Envases de los Plaguicidas de Uso Agrícola, el decreto ley Nº3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola y la ley Nº18.755 Orgánica del Servicio, modificada por la ley Nº19.283, y la publicación WHO/PCS/92.2 ''The WHO Recommended Classification of Pesticides by Hazard'', y
    Considerando:

    1. Que la resolución Nº2.195 citada en los Vistos dispone que en la etiqueta de los envases de los Plaguicidas de Uso Agrícola Formulados, se indique, mediante colores, palabras y símbolos la peligrosidad del plaguicida formulado para las personas, de acuerdo con la última versión de la Clasificación de los Plaguicidas según Riesgos, de la Organización Mundial de la Salud (OMS),
    2. Que para este efecto, es necesario poner en concordancia con los criterios de la OMS la Clasificación Toxicológica de los Plaguicidas de Uso Agrícola,

    R e s u e l v o:


    1. Establécese, para los Plaguicidas de Uso Agrícola, la siguiente Clasificación Toxicológica:

VER D.O. DE 04.10.2000

(Los términos ''sólido'' o ''líquido'' se refieren al estado físico del plaguicida formulado que está siendo clasificado).

    2. Esta resolución entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Los Plaguicidas de Uso Agrícola que a esa fecha tengan su autorización vigente deberán adecuar su etiquetado a esta resolución en un plazo de 180 días a contar de esa fecha.
    3. Derógase la resolución Nº1.177 de 1984 del Servicio Agrícola y Ganadero.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.