MODIFICA DECRETO Nº 232, DE 1999

    Núm. 584.- Santiago, 28 de julio de 2000.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763 de 1979; en el artículo 9º del decreto supremo Nº 395 de 1979, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República, y

    Considerando: Que es interés del Ministerio de Salud el destacar acciones de personas, equipos de trabajo, de organizaciones e instituciones que con su participación y apoyo a la salud pública han contribuido a mejorar y a humanizar la labor asistencial y la atención que prestan a los enfermos los establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud,

    D e c r e t o:

    Artículo único: Modifícase el decreto supremo Nº 232, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento para el otorgamiento de distinciones y establece el ''Día de la Excelencia en Salud'', en la forma que a continuación se señala:

    1º.- Agrégase en el artículo 1º a continuación del punto final, el que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase:

    ''Este reconocimiento podrá ser otorgado también en forma póstuma''.

    2º.- Incorpórase al artículo 1º el siguiente inciso segundo:

    ''Asimismo, podrá otorgar esta calidad a aquellos funcionarios que encontrándose en actual desempeño en el Sistema Nacional de Servicios de Salud, han demostrado tener una destacada trayectoria en el o los cargos de carácter asistencial que les ha correspondido servir''.

    3º.- Agrégase al artículo 7º el siguiente inciso segundo:

    ''Asimismo, podrán presentar proposiciones el Ministro y el Subsecretario de Salud, para cualquiera de las distinciones contempladas, cuando hayan tenido conocimiento, sea personalmente o a través de terceros, especialmente de los participantes de la Comisión a que aluden los artículos siguientes, de personas o entidades cuyo actuar se enmarca dentro de los reconocimientos que otorga el presente reglamento''.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Salud.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Ernesto Behnke Gutiérrez, Subsecretario de Salud.