MODIFICA RESOLUCION Nº 1.319 EXENTA, DE 2000
Núm. 1.991 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2000.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, letra g) ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
Considerando: lo solicitado por la empresa Bajo Cero S.A., en su presentación de fecha 14 de agosto de 2000, y
Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º, del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.319 del 26.05.2000, en el sentido de incorporar al listado de elementos enriquecedores autorizados para los productos alimenticios ''Copitas de harina de trigo con cacao'' y ''Copos de maíz azucarados'', el elemento ''Niacina en la cantidad de 3,6 mg por porción de consumo habitual de 30 gramos''.
2º.- Modifícase en la misma resolución exenta Nº 1.319 del 26.05.2000, la cantidad de Vitamina B12, autorizada para los productos alimenticios ''Copitas de harina de trigo con cacao'' y ''Copos de maíz azucarados'', debe ser de 0,0002 mg por porción de consumo habitual de 30 gramos.
Anótese y publíquese.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Ernesto Behnke Gutiérrez, Subsecretario de Salud.