MODIFICA  RESOLUCION  Nº 1.319  EXENTA, DE 2000

    Núm. 1.991 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2000.- Visto: lo dispuesto en los artículos 106, letra g) y 120, letra g) ambos del decreto supremo Nº 977 de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario de los Alimentos.

    Considerando: lo solicitado por la empresa Bajo Cero S.A., en su presentación de fecha 14 de agosto de 2000, y

    Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º, del decreto ley Nº 2.763 de 1979, dicto la siguiente

    R e s o l u c i ó n:

    1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.319 del 26.05.2000, en el sentido de incorporar al listado de elementos enriquecedores autorizados para los productos alimenticios ''Copitas de harina de trigo con cacao'' y ''Copos de maíz azucarados'', el elemento ''Niacina en la cantidad de 3,6 mg por porción de consumo habitual de 30 gramos''.

    2º.- Modifícase  en  la  misma  resolución  exenta Nº 1.319 del 26.05.2000, la cantidad de Vitamina B12, autorizada para los productos alimenticios ''Copitas de harina de trigo con cacao'' y ''Copos de maíz azucarados'', debe ser de 0,0002 mg por porción de consumo habitual de 30 gramos.

    Anótese y publíquese.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Salud.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Ernesto Behnke Gutiérrez, Subsecretario de Salud.