Artículo 233.- Efectos de la formalización de la investigación. La formalización de la investigación producirá los siguientes efectos:
    a) Suspenderá el curso de la prescripción de la acción penal en conformidad a lo dispuesto en el artículo 96 del Código Penal;
    b) Comenzará a correr el plazo previsto en el artículo 247, y
    c) El ministerio público perderá la facultad de archivar provisionalmente el procedimiento.