Artículo 15.- A este Subdepartamento le corresponderá:
    a) Distribuir y asignar entre los abogados del Departamento de Defensa Estatal en Santiago la defensa de los asuntos judiciales que ingresen;
    b) Decidir y controlar los traspasos y reasignaciones de asuntos a cargo del citado Departamento y destinar abogados a determinadas funciones judiciales o a la atención de determinados Tribunales dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago;
    c) Llevar un registro general de todos los asuntos judiciales, con indicación del abogado a cuyo cargo está su defensa, y
    d) Supervigilar a las distintas Secciones en que está dividido.
    Cuando el Director del Departamento de Defensa Estatal lo estime conveniente, le corresponderá la tramitación de un asunto judicial o gestión determinada dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago.