Artículo 23.- La Sección Procuraduría Policía Local de Santiago estará a cargo de un jefe, que ejercerá sus funciones bajo la supervigilancia del Jefe del Subdepartamento de que forma parte y del control que a cada abogado del Departamento le corresponde sobre los asuntos judiciales cuya defensa se le asigne ante los Juzgados de Policía Local, dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago.