DISPONE EL TRASPASO DE LAS FACULTADES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES AL SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION METROPOLITANA, RESPECTO DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE DE PERSONAS QUE INDICA

    Núm. 2.321.- Santiago, 24 de Agosto de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974 y 991, de 1976,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Las facultades, funciones y atribuciones que corresponden al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con respecto a los sistemas de transporte de personas que, con fines de recreación o turismo se desarrollen en su mayor parte en el recinto del Parque Metropolitano, serán ejercidas en adelante por el Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitana.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Arturo Troncoso Daroch, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- Edmundo Ruiz Undurraga, Ministro de la Vivienda y Urbanismo.- José Luis Federici Rojas, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento. Dios guarde a US.- Enrique Labarca Ricci, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo subrogante.