COMPLEMENTA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO N° 1.157, DE 1989
Núm. 1.446.- Santiago, 28 de Diciembre de 1994.- Visto: El Informe N° 134, de 28.12.94, del Presidente de la Comisión Técnica a que se refiere el inciso 3° del artículo 4° de la Ley N° 18.634; y
Teniendo presente: lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley N° 18.634,
Decreto:
Agrégase a la lista de mercancías contenida en la letra B) del anexo del Decreto de Hacienda N° 1.157 de 1989, los siguientes Bienes de Capital:
Partida Arancelaria Descripción de las Observaciones
Mercancías
8704.2150 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
8704.2250 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
8704.2330 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
8704.3150 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
8704.3250 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
8704.9050 Coches blindados Con capacidad
para el de carga
transporte de superior a
valores. 2.000 kilos.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Manuel Marfán Lewis, Ministro de Hacienda Subrogante.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud. Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.