APRUEBA PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO

    Núm. 2.143.- Santiago, 22 de Marzo de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974; 991, de 1976, y

    Considerando:

    Que por razones de interés nacional el Gobierno de Chile ha decidido su retiro de la Corporación Andina de Fomento (CAF), con lo cual queda sin efecto para nuestro país el Convenio Constitutivo de dicha Corporación, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Apruébase el Protocolo Adicional al Convenio Constitutivo de la Corporación Andina de Fomento, suscrito en Bogotá, Colombia, el 12 de Agosto de 1977.


    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Soto Mackenney, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.