PRORROGA VIGENCIA DECRETOS SUPREMOS DE EDUCACION Nºs. 187, DE 1974, Y EXENTO Nº 100, DE 1981
Nº 310 exento.- Santiago, 26 de septiembre de 1985.
Considerando: Que, es conveniente prorrogar la vigencia de les actuales programas educativos para nivel medio y nivel de transición por cuanto ellos han respondido a sus objetivos; y
Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 7912 de 1927; Decreto Supremo de Educación Nº 2039 de 1980; Resolución Nº 1050 de 1980 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Prorróganse, por los años lectivos 1986 y 1987, la vigencia de los decretos supremos de Educación Nº 187, de 1974, y exento Nº 100, de 1981, que aprobaron Programas Educativos de Nivel Medio y Nivel de Transición de Educación Parvularia.
Anótese y publíquese. Por orden del Presidente de la República. Sergio Gaete Rojas, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a usted para. su conocimiento. Saluda a usted. René Salamé Martin, Subsecretario de Educación Pública.