Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Franklin Zeballos Rojas, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Abril y el 15 de Diciembre de 1946.
    La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.