MODIFICA DECRETO DE HACIENDA N° 1.584, DE 1995, NORMAS "SOBRE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO 1996"
    Núm. 1.518.- Santiago, 6 de Diciembre de 1996.- Teniendo presente: Que es necesario complementar y ampliar las normas del decreto de Hacienda N° 1.584, de 1995, a objeto de permitir una mayor flexibilidad de operación.
    Visto: lo dispuesto en los artículos 26 y 70 del decreto ley N° 1.263, de 1975, la ley N° 19.430 y el decreto de Hacienda N° 1.584, de 1995,
    D e c r e t o:

    Modifícase el decreto N° 1.584, de 1995, del Ministerio de Hacienda, como sigue:
    a) En el Título II, N° 3:
    Sustitúyese su encabezamiento por: "3. Sólo por decreto del Ministerio de Hacienda, se efectuarán:" Agrégase el siguiente inciso final:
    "No obstante lo dispuesto precedentemente, los decretos que contengan creaciones de asignaciones identificatorias de estudios y proyectos de inversión, a que se refiere la norma 3.10, deberán ser suscritos, además, por el Ministro del ramo correspondiente.".
    b) En el Título VIII:
    Sustitúyese en la letra b) "los N°s 1 y 2" por lo siguiente: "los N°s 1, 2 y 3"
    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud. Manuel Marfán Lewis, Subsecretario de Hacienda.