AUTORIZACIONES AL SERVICIO DE TESORERIAS EN RELACION AL PRESUPUESTO DEL AÑO 2001
Núm. 1.820.- Santiago, 21 de diciembre de 2000.- Vistos: el artículo 23 del decreto ley Nº 1.263, de 1975; el artículo 89 de la Constitución Política de la República de Chile y el artículo 21 de la ley Nº 19.702.
D e c r e t o:
APORTE FISCAL DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO AÑO 2001
1. Autorízase al Servicio de Tesorerías para poner a disposición de los correspondientes organismos del sector público, por cuotas periódicas, que determinen los Programas de Caja, los fondos aprobados como Aporte Fiscal-Libre en el Programa 05 del Capítulo 01 de la Partida 50 Tesoro Público.
2. Autorízase al Servicio de Tesorerías para efectuar pagos directos o entregar montos globales con cargo a los fondos que consultan los programas 02, 03 y 04 del Capítulo 01 de la Partida 50 Tesoro Público. En ambos casos, sujetos a Programas de Caja.
3. Establécese que las autorizaciones precedentes rigen a contar del 1º de enero de 2001.
4. Determínase que en ningún caso los Programas de Caja podrán ser excedidos sin la autorización expresa de la Dirección de Presupuestos.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.