Artículo 3º.- Las referencias contenidas en la Ley de Tránsito y en otros cuerpos legales, reglamentos y decretos, al número 3 "Ser egresado de enseñanza básica", de los requisitos especiales para obtener Licencia Profesional, del inciso segundo del artículo 13, suprimido mediante la letra b) del número 2 del artículo 4º de esta ley, se entenderán efectuadas a dicho número.".