APRUEBA REFORMA A LOS ARTICULOS 34 Y 55 DE LA CONSTITUCION DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, EN CUANTO A ELIMINAR EL REGIMEN PRESUPUESTARIO ANUAL

    Núm. 1.854.- Santiago, 6 de Julio de 1977.-  Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974; 991, de 1976, y

    Considerando:

    La conveniencia de aceptar lo resuelto en la vigésima sexta Asamblea Mundial de la Salud en orden a modificar los artículos 34 y 55 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud.
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Apruébase la reforma de los artículos 34 y 55 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, contenida en la resolución número treinta y siete, adoptada por la vigésima sexta Asamblea Mundial de la Salud, celebrada en el mes de Mayo de 1973.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo para conocimiento de US. Enrique Valdés Puga, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.