Artículo 1º.- La determinación de los establecimientos beneficiarios de la asignación por desempeño difícil y los grados de dificultad respectivos que los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación resuelvan en enero del año 2001, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 50 y 84 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, de Educación, por esa sola vez, tendrá una vigencia de un año.