Artículo 8º.- Los docentes que estuvierenLEY 20158
Art. 12º f)
D.O. 29.12.2006
percibiendo la Asignación de Excelencia Pedagógica, en razón de una acreditación vigente al año 2006, tendrán derecho a seguir recibiendo este beneficio por el período que les falte para completar los 10 años contados desde el mes de marzo del año de la postulación en que obtuvieron la acreditación vigente.