Artículo 43°.: Al formular el plan de creación de jardines infantiles a nivel nacional y los planes anuales de trabajo de la Junta Nacional de Jardines Infantiles señalará criterios prioritarios para selección de zonas o áreas geográficas del país en que sea más necesaria la atención al párvulo.
Elementos conformadores de dichos criterios serán algunos, tales como:
a) Concentración demográfica de párvulos;
b) Densidad poblacional;
c) Porcentaje de población femenina económicamente activa.
d) Concentración de problemas de desnutrición, de privación cultural, hacinamiento y otros.