Artículo 65°.: El Departamento de Ejecución estará formado por la Unidad de Arquitectura y Decoración y las Secciones de Desarrollo Social, la Sección Técnica y la División de Inspección.
    Sus funciones serán las siguientes:
    Ejecutar el plan operativo anual de la JNJI.
    Estudiar e informar las solicitudes de convenios con organismos e instituciones, desde el punto de vista técnico, relativos a condiciones materiales, tales como instalaciones, idoneidad del personal, material en uso, etc.
    Materializar los convenios aceptados por la Junta.
    Promover en la comunidad y crear las condiciones materiales y humanas, necesarias para la instalación de nuevos jardines.
    Elaborar las pautas técnicas a las cuales estarán sujetos los jardines infantiles y velar por el adecuado funcionamiento de los mismos.
    Establecer las necesidades de recursos materiales y características técnicas que deben reunir los elementos necesarios para el funcionamiento de los jardines infantiles.
    - Determinar las necesidades, desde el punto cualitativo y cuantitativo, de personal para los Jardines Infantiles.
    - Velar por el buen estado de conservación de los locales, que requiere la Junta para el cumplimiento de sus objetivos.
    - Tomar contacto con instituciones públicas o privadas para lograr la atención integral de los párvulos.
    - Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de todas las unidades y personal a su cargo, tanto de Santiago como las unidades provinciales.