Artículo 72°.: Las funciones de la Sección Abastecimiento serán las siguientes:
- Ejecutar el plan de adquisiciones, acorde con las especificaciones dadas por las unidades ejecutoras que utilizarán los materiales y bienes, y conforme con los procedimientos que se establezcan en forma previa.
- Estudiar la configuración de lotes económicos, de manera de lograr el abastecimiento oportuno y suficiente, y de un costo mínimo.
- Velar por la eficacia de toda la operación de Adquisiciones, a través de selección racional de proveedores (cuando corresponda), seguimiento y control de las operaciones.
- Tener contacto con todas aquellas instituciones que abastecen el Servicio, de manera de poder agilizar la atención que estas instituciones presten a la Junta.
- Controlar que las diferentes solicitudes de compras de las unidades se ajusten al plan. En caso contrario, pedir las autorizaciones que corresponda según los procedimientos establecidos.
- Controlar el cumplimiento y grado de responsabilidad de los proveedores del Servicio.
- Estudiar y proponer al Jefe del Departamento de Administración los medios más adecuados para el logro de sus funciones.