Artículo 72°.: Las funciones de la Sección Abastecimiento serán las siguientes:
    - Ejecutar el plan de adquisiciones, acorde con las especificaciones dadas por las unidades ejecutoras que utilizarán los materiales y bienes, y conforme con los procedimientos que se establezcan en forma previa.
    - Estudiar la configuración de lotes económicos, de manera de lograr el abastecimiento oportuno y suficiente, y de un costo mínimo.
    - Velar por la eficacia de toda la operación de Adquisiciones, a través de selección racional de proveedores (cuando corresponda), seguimiento y control de las operaciones.
    - Tener contacto con todas aquellas instituciones que abastecen el Servicio, de manera de poder agilizar la atención que estas instituciones presten a la Junta.
    - Controlar que las diferentes solicitudes de compras de las unidades se ajusten al plan. En caso contrario, pedir las autorizaciones que corresponda según los procedimientos establecidos.
    - Controlar el cumplimiento y grado de responsabilidad de los proveedores del Servicio.
    - Estudiar y proponer al Jefe del Departamento de Administración los medios más adecuados para el logro de sus funciones.