Ley núm. 13.489
MODIFICA LA LEY N.o 12.693, DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1957
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Agrégase al artículo único de la ley N.o 12.693, de 15 de Diciembre de 1957, el siguente inciso:
"El gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinticuatro de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve. JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Roberto Vergara H.