APRUEBA CONVENIO SOBRE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LAS REPUBLICAS DE CHILE Y DEL PARAGUAY, SUSCRITO EN ASUNCION, EL 16 DE DICIEMBRE DE 1976
Núm. 1.926.- Santiago, 13 de Septiembre de 1977.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974, 991, de 1976, y
Considerando: La necesidad de coordinar y unificar las normas tendientes a establecer una sólida base institucional que permita contribuir efectivamente en el campo de la seguridad social a los esfuerzos de armonización de las políticas económica y social entre los países del continente americano,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay, suscrito en Asunción, Paraguay, el 16 de Diciembre de 1976.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República de Chile.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.