MODIFICA EL REGLAMENTO DEL ART. 40 DE LA LEY Nº 17.276
Santiago, 27 de Diciembre de 1973.- La Junta de Gobierno decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.069.- Considerando:
a.- Que el decreto número 198, de 10 de Mayo de 1972, de la Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa Nacional, reglamentó el artículo 40 de la ley Nº 17.276, de 1979, estableciendo el tipo de instalaciones deportivas que deben tener las empresas que tengan más de 100 trabajadores;
b.- Que el artículo 14 del citado decreto 198, de la Subsecretaría de Guerra, estableció que a partir del año 1973 las Municipalidades deberán exigir a las empresas que soliciten patente para desarrollar sus actividades en la comuna, un certificado expedido por la Corporación de Construcciones Deportivas en que se acredite que tales empresas cumplen o han garantizado cumplir las obligaciones que contiene el decreto antes citado;
c.- Que atendido el estado de emergencia en que actualmente vive el país, y no obstante ser preocupación preferente del Gobierno el desarrollo del deporte en todas sus expresiones, se hace necesario postergar el cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 14 del decreto Nº 198, de la Subsecretaría de Guerra, ya que las empresas deben destinar sus utilidades y recursos al cumplimiento de sus objetivos específicos con el fin de obtener un pronto resurgimiento de la actividad productiva y económica del país, y Visto lo dispuesto en el decreto ley Nº 1 de 11 de Septiembre de 1973,
Decreto:
Reemplázase en el artículo 14 del decreto número 198, de 10 de Mayo de 1972, de la Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa Nacional, la expresión "a partir del año 1973" por la siguiente "a partir del año 1975".
Tómese razón, regístrese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de GobierNº- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Aníbal F. Labarca Ricci, Coronel, Subsecretario de Guerra.