DECLARA EL TERRITORIO NACIONAL EN ESTADO DE SITIO EN GRADO DE SEGURIDAD INTERIOR

    Núm. 1.688.- Santiago, 9 de Marzo de 1977.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527 y 640, de 1974; 991 y 1.550, de 1976, y Considerando: que a la fecha aún subsisten las condiciones que motivaron la declaración de Estado de Sitio, en grado de Seguridad Interior, por decreto ley Nº 1.550, de 1976,
    La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente decreto ley:

    Artículo único.- Declárase todo el Territorio Nacional de la República en Estado de Sitio, en grado de Seguridad Interior, por el plazo de seis meses, a contar de la publicación del presente decreto ley en el Diario Oficial.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior.