Artículo 34.o- E1 personal recién incorporado al servicio, durante el primer mes estará exento de sanciones por faltas propias del régimen interno de las Reparticiones y Unidades, salvo en caso de insubordinación, faltas a listas o intemperancia alcohólica. Sin embargo, esto no impedirá que durante tal período, los Jefes correspondientes, le observen y corrijan.