Artículo 37.o- Los Oficiales de Orden y SeguridadDTO 315, DEFENSA
N° 12
D.O. 13.11.1976
que se desempeñen como Jefes de Servicios, Ayudante General, Jefes de Departamentos, Secciones, Subsecciones en la Dirección General u otras Reparticiones, el Cuartel Maestre del Hospital de Carabineros y los Jefes de Misiones de Carabineros en el extranjero, tendrán las atribuciones disciplinarias siguientes:

General                          quinto grado
Coronel                          cuarto grado
Teniente Coronel                  tercer grado
MayoreDTO 403,
DEFENSA
Nº 12
D.O. 23.09.2000
s                          Segundo Grado B
Capitanes                        Segundo Grado A
Tenientes y Subtenientes          priDecreto 150, DEFENSA
Art. SEGUNDO Nº 4
D.O. 19.03.2011
mer grado B

    Los Oficiales de Intendencia que se desempeñen como Jefes de Direcciones, Subdirecciones, Servicios, Departamentos, Secciones o Subsecciones en la DTO 403,
DEFENSA
Nº 13
D.O. 23.09.2000
Dirección General, como también aquellos que se desempeñen como Jefes de Contralorías Zonales o Administraciones de Caja de Prefecturas u otras Reparticiones, tendrán las atribuciones disciplinarias señaladas en el inciso precedente, de acuerdo a su grado jerárquico, sobre el personal que les esté directamente subordinado, con excepción de los Oficiales de Orden y Seguridad.
    Los Oficiales Asimilados que se desempeñen en la Dirección General como Jefes de Subdirecciones, Servicios, Departamentos, Secciones o Subsecciones, el Director del Hospital de Carabineros, como asimismo los Jefes de Policlínicos y Jefes de Divisiones Médicas, tendrán sobre el personal que les esté directamente subordinado, con excepción del de Orden y Seguridad e Intendencia, las siguientes facultades disciplinarias:

General                          quinto grado
Coronel                          cuarto grado
Teniente Coronel                  tercer grado
MayorDTO 403,
DEFENSA
Nº 14
D.O. 23.09.2000
es                          Segundo Grado B
Capitanes                        Segundo Grado A
Tenientes y Subtenientes          priDecreto 150, DEFENSA
Art. SEGUNDO Nº 4
D.O. 19.03.2011
mer grado B