Artículo 53º.- Se entenderá por conducto regular, el procedimiento a que deben atenerse los funcionarios de la Institución para dirigirse a sus superiores y llegar hasta la más alta autoridad institucional, para exponer sus reclamos o apelaciones.
NOTA
El N° 8 del Art. Primero del Decreto 1592, Interior, publicado el 26.03.2015, modifica la presente norma. Sin embargo, los textos no coinciden, razón por la cual, no ha sido posible confeccionar su texto actualizado.
El N° 8 del Art. Primero del Decreto 1592, Interior, publicado el 26.03.2015, modifica la presente norma. Sin embargo, los textos no coinciden, razón por la cual, no ha sido posible confeccionar su texto actualizado.